Introducción
La colegiación, según se establece en los Estatutos de la Organización Colegial Veterinaria Española, es requisito indispensable y previo para el ejercicio de la profesión de veterinario la incorporación en un Colegio Oficial de Veterinarios, que será el del domicilio profesional único o principal del interesado.
Condiciones de la incorporación
* Ser de nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la U.E., salvo lo dispuesto en tratados o convenios internacionales o dispensa legal
* Ser mayor de edad
* Estar en posesión del título de Licenciado o de títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquellos, todo ello de acuerdo con lo previsto también en las normas y acuerdos de la U.E.
* No estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión en ningún lugar del territorio nacional, ya sea por motivo disciplinario o judicial
* Satisfacer la cuota de ingreso y demás que tenga establecida el Colegio
Documentación y trámites
Primera colegiación (cuando no se está, o no se ha estado en ningún otro Colegio de España).
- Título original o testimonio notarial del mismo. La certificación supletoria provisional emitida por el Rector y que incorpore el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales podrá suplir la ausencia del título original o testimonio notarial del mismo (en el caso de que no disponga aún del título provisional, la Junta de Gobierno podrá conceder una colegiación provisional, siempre y cuando el interesado presente certificación académica acreditativa de haber finalizado los estudios y resguardo que justifique tener abonados los derechos de expedición del título, debiendo presentar en este Colegio el título provisional en el plazo de un mes).
- Fotocopia del D.N.I.
- 2 fotografías (modelo D.N.I.)
- Banco donde domiciliar los recibos mensuales con Nº Código Cuenta Cliente
- Satisfacer la cuota de ingreso
Procedente de otro Colegio y Recolegiación
- Fotocopia del D.N.I.
- 2 fotografías (modelo D.N.I.)
- Banco donde domiciliar los recibos mensuales con Nº Código Cuenta Cliente.
- Certificado del Colegio de procedencia (en el caso de proceder de otro colegio).
NOTA
La incorporación al Colegio será acordada por Junta de Gobierno en resolución motivada, que será debidamente notificada al solicitante.
